Entre el Cielo y la Ley: La Criminalización de la Seguridad Aérea en Guinea

por | Feb 6, 2026 | Opinión

El pasado mes de diciembre, una operación de vuelo corporativa originada en Surinam derivó en una crisis legal y humana sin precedentes. Los pilotos Bradley Scott Schlenker (EE. UU.) y Fabio Nicolás Espinal Núñez (República Dominicana/EE. UU.) permanecen privados de su libertad desde el 29 de diciembre en Conakry, República de Guinea.

A diferencia de lo especulado inicialmente, el Plan de Vuelo OACI (FPL) y el Briefing de Vuelo del 29 de diciembre confirman que Conakry (GUCY) era el destino expresamente declarado y aceptado. Los pilotos aterrizaron exactamente donde el Estado les autorizó, cumpliendo con los Límites de Tiempo de Vuelo y Servicio (FTL) y los protocolos de Gestión de Fatiga (Anexo 6 OACI). Sin embargo, tras cumplir con estas normas de seguridad, fueron acusados de «atentar contra la defensa nacional».

La Verdad Técnica: Un Destino Autorizado y Monitoreado

El análisis del plan de vuelo revela datos irrefutables: el vuelo partió de SMJP (Paramaribo, Surinam) con destino directo a GUCY (Conakry, Guinea). El avión utilizó el código de vigilancia SUR/260B (Modo S), permitiendo a las autoridades de Guinea identificar y rastrear la aeronave de forma continua. El registro muestra que el vuelo mantuvo contacto radial permanente con el Control de Tránsito Aéreo (ATC) y recibió autorizaciones de aterrizaje normales.

No hubo ninguna maniobra clandestina, ni daños ambientales, ni una respuesta de defensa operativa que indicara una amenaza real en el aire. El único «riesgo» surgió más tarde, cuando una decisión tomada para proteger la seguridad fue criminalizada retrospectivamente.

El Dilema Ético: ¿Seguridad o Libertad?

La cuestión de fondo trasciende lo administrativo y se convierte en un dilema ético desgarrador. Si hoy dos pilotos son encarcelados por realizar una parada técnica y un descanso obligatorio por fatiga —actuaciones exigidas por la ley internacional—, surge una pregunta inquietante: ¿Qué habría ocurrido si se tratara de una emergencia médica a bordo?

Penalizar decisiones tomadas en nombre de la seguridad introduce el miedo en la cabina de mando y contamina el juicio profesional en situaciones críticas. Desde mi experiencia de 9 años en la aviación civil de la República Dominicana (IDAC), veo con alarma cómo este caso transforma el cumplimiento de los procedimientos internacionales en un factor de exposición penal.

Conclusión

La pregunta ya no es técnica, sino ética: ¿Se espera que un piloto priorice la seguridad del vuelo o su propia libertad personal? Ningún sistema de aviación puede considerarse seguro cuando obliga a una tripulación a elegir entre salvar vidas y evitar la cárcel. Mientras Bradley y Fabio siguen tras las rejas, la comunidad aeronáutica internacional debe reflexionar: si la seguridad aérea se convierte en un delito, todos los que volamos estamos en peligro.

Autor:
Lic. César V. Polanco Reynoso

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